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Temporada veraniega: a cumplir con los protocolos

By Familia Cooperativa 933 0
Más allá de que prácticamente todo el territorio nacional se encuentra en la etapa de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO), por lo que hay libre circulación, cada jurisdicción del país estableció la  documentación que se les solicita a los visitantes en el ingreso y los protocolos que deberán cumplir.

Para la presente temporada estival, el Poder Ejecutivo puso a disposición de aquellos que planean ir a alguno de los centros turísticos del país la aplicación Cuidar Verano y, aunque no es obligatoria en todos lados, representa una herramienta que deben descargar quienes viajen a la Costa Atlántica.
En la provincia de Buenos Aires se solicita, pero no se exige a los visitantes una prueba negativa de COVID-19 ni cobertura sanitaria. En La Pampa tampoco se piden estos dos últimos requisitos ni hace falta ningún tipo de documentación específica para ingresar.
Río Negro requiere que sus visitantes bajen la aplicación local “CirculacionRN”, a través de la cual solicitan la autorización para el ingreso hasta 72 horas antes del viaje.
En lo que respecta a Neuquén, las autoridades solicitan el Certificado Verano y cobertura médica para los que sean mayores de 60 años o grupos de riesgo, además de un comprobante de reserva de alojamiento habilitado o datos de familiares o residentes del destino.

Para la Costa Atlántica

El ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia de Buenos Aires estableció distintos protocolos para esta temporada.
En el caso de los alojamientos, no se habilitan espacios comunes, como sala de estar, salones de usos múltiples o de juegos. Los desayunos y comidas incluidas en la tarifa son suministrados en la habitación o en la modalidad “para llevar” y pueden ser consumidas en el desayunador o en el comedor del hotel, siempre y cuando se cumpla con el aforo del 30%, distanciamiento social y condiciones de higiene y desinfección.

El uso de aires acondicionados de tipo split o ventana está permitido en las habitaciones donde se encuentran los grupos de convivientes, pero no los aires acondicionados centrales.
En el caso de los balnearios, no se permite la realización de actividades deportivas grupales o recreativas en la que no pueda garantizarse la distancia preventiva de 2 metros entre personas. La distancia mínima entre sombrillas debe ser de dos metros y la capacidad máxima por sombrilla y por carpa es determinada por cada municipio. Las piscinas pueden funcionar solo al aire libre y con un sistema de turnos que garantice un aforo del 30%.
En cuanto a los campings, su funcionamiento está habilitado con un aforo del 50%, permitiendo el acampe parcela de por medio. En el caso de las mesas, piletas de lavado y parrillas o fogones se pueden utilizar respetando la distancia social mínima de 2 metros entre personas que no pertenezcan al mismo grupo conviviente. El uso de baños y vestuarios está determinado por un sistema de turnos para evitar aglomeraciones y los espacios de juegos y canchas deportivas no están habilitados.




El Gobierno informó que estas medidas regirán durante toda la temporada veraniega, que se extenderá hasta el 4 de abril próximo.

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Modificado por última vez en Jueves, 17 Diciembre 2020 09:22

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